dijous, 13 de març del 2014

El PP aprueba definitivamente en el Senado el hachazo a la justicia universal


http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/03/12/el_aprueba_definitivamente_senado_hachazo_justicia_universal_14511_1012.html


·        Nace entre una avalancha de anuncios de recursos de inconstitucionalidad por parte de la oposición
·        La reforma de la competencia de los jueces españoles para conocer de delitos cometidos fuera de nuestras fronteras ha vivido una tramitación vertiginosa en las Cortes

INFOLIBREActualizada 12/03/2014 a las 20:46  
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El Pleno del Senado ha dado luz verde definitivamente a la reforma de la justicia universal, que aboca al archivo a una docena de causas abiertas en la Audiencia Nacional con la introducción de nuevos límites y nace con el anuncio de ser recurrida ante el Tribunal Constitucional.

La Camara Alta ha aprobado
, por 149 votos y 93 en contra, la proposición de ley que modifica el articulo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, después de que el PP hiciera uso de su mayoría absoluta para tumbar la veintena de enmiendas y las siete propuestas de veto presentadas por PSOE, Izquierda Unida, el PNV, ERC, la Entesa y Amaiur.

Los socialistas
 ya han anunciado que interpondrán un recurso de inconstitucionalidad contra una ley que abre un "agujero negro" en la persecución de los crímenes la humanidad. El PNV ha dado este miércoles su apoyo a este recurso, que en el Congreso recibió el respaldo de otros grupos como UPyD o la Izquierda Plural.

El Grupo Mixto, por boca del senador Jesús Enrique Iglesias, ha advertido de que
 la reforma será impugnada por las tres vías posibles ante el Alto Tribunal: el recurso de inconstitucionalidad, el amparo de las víctimas y las previsibles cuestiones de inconstitucionalidad que interponga la Audiencia Nacional.

CiU también ha votado en contra de la iniciativa del Partido Popular al considerarla un "golpe mortal" contra la justicia universal. Así se ha expresado su senadora María Rieradevall i Tarrés, en la línea del socialista Arcadio Díaz Tejera, el peneuvista Jokin Bildarratz o el parlamentario de la Entesa Joan Saura.

La reforma de la competencia de los jueces españoles para conocer de delitos cometidos fuera de nuestras fronteras
 ha vivido una tramitación vertiginosa en las Cortes Generales. Fue aprobada el 27 de febrero en el Congreso y el Senado la ha sacado adelante por la vía de urgencia apenas quince días después, tras ser debatida esta misma senada en la Comisión de Justicia y, dos días después, en el Pleno.

Al salir intacta del Senado
, saldrá a la luz directamente en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, conduciendo al archivo a una docena de causas abiertas en la actualidad que no reúnen los nuevos requisitos, según establece su disposición transitoria única.

La Audiencia Nacional investiga bajo el principio de la justicia universal
 el asesinato en Irak del cámara José Couso, el genocidio en el Tíbet, el hallazgo de varias fosas en el Sáhara con víctimas españolas o lasmuertes del jesuita Ignacio Ellacuría o del diplomático Carmelo Soria.

La reforma
 limita la persecución de los delitos de genocidio y lesa humanidad a los procedimientos que se dirijan contra españoles o extranjeros que hayan adquirido la nacionalidad tras cometer el hecho o cuya extradición haya sido denegada.

El nuevo artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
 elimina la posibilidad de actuar con una denuncia o a través de una acusación popular, para limitar su impulso a las querellas presentadas por el agraviado o la Fiscalía.

La extensión de la jurisdicción española más allá de nuestras fronteras se
condiciona a la existencia de un tratado internacional que lo autorice y al Estatuto de la Corte Penal Internacional. La oposición ha criticado que algunas potencias, como China o Estados Unidos, no han ratificado tales convenios y es imposible perseguir sus crímenes.

La reforma impone
 nuevos límites a los jueces españoles y recoge en la lista de ilícitos a perseguir los delitos de violencia contra la mujer y la violencia doméstica, las torturas o la corrupción de agente público extranjero.

Confiere a la Sala Segunda del Tribunal Supremo
 la potestad de valorar la posibilidad de que los jueces españoles puedan conocer los hechos, en caso de que el Estado no esté llevando a cabo una investigación efectiva de los mismos.