dissabte, 28 de març del 2015

“España debe extraditar o juzgar a los responsables de violaciones graves de DD HH – Expertos de la ONU



Posted: 27 Mar 2015 07:14 AM PDT
GINEBRA (27 de marzo de 2015) – Un grupo de expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas alertaron hoy que el Estado español está  obligado a extraditar a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos, mientras no se tomen medidas para garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la verdad de las víctimas ante las instancias legales españolas.
La declaración de los expertos internacionales se produce a raíz de la decisión del Consejo de Ministros de España de no extraditar a 17 ciudadanos españoles acusados por la justicia argentina de violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante el régimen franquista, incluidos varios ex ministros.
La denegación de la extradición deja en profundo desamparo a las víctimas y a sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad”, indicaron los expertos de la ONU que han mantenido comunicación con el gobierno español en relación con las extradiciones ordenadas en octubre de 2014, en el marco de la llamada ‘querella argentina’, en la que se investigan fusilamientos, torturas, robo de bebés y otros delitos.
La justicia argentina estableció que los delitos que investiga constituyen crímenes de lesa humanidad y pide poder juzgar a los responsables, bajo el principio de jurisdicción universal.
“Reconocemos que cabe entre las competencias del Estado español la posibilidad de denegar esta solicitud de extradición”, dijeron. “Pero si no extradita, el Estado tiene la obligación de garantizar, ante las jurisdicciones nacionales, el acceso a la justica para las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y el derecho a la verdad”.
Los expertos independientes recalcaron que los argumentos preliminares presentados por el Consejo de Ministros “carecen de base, pues parecen ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los derechos humanos”.
“En particular, el Estado español no puede escudarse en los principios de prescripción y extinción de la responsabilidad penal para no extraditar, o juzgar, a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos”, señalaron. “La tortura, las ejecuciones sumarias y la desaparición forzada pueden constituir crímenes de lesa humanidad”.
El derecho internacional es muy enfático, acentuaron los expertos de la ONU: “Los crímenes de lesa humanidad y los delitos de tortura son imprescriptibles, es decir que no ‘vence’ la obligación del Estado de investigar y sancionar a los responsables”.
“Asimismo, la desaparición forzada es un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos humanos. La obligación de investigar perdura hasta que se esclarezca la suerte y paradero de la persona”, aclararon.
El Gobierno también invocó los principios de jurisdicción preferente y de no doble incriminación. Sin embargo, los expertos de la ONU explicaron que estos principios no se aplican en estos casos, ya que a la fecha – más de 40 años después de los hechos – no se han iniciado en España investigaciones sobre estos delitos, que incluyen tortura, desapariciones o ejecuciones cometidas durante el franquismo.
(*) Los expertos: Ariel Dulitzky, presidente del Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias; Christof Heyns, Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Pablo de Greiff, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
ENDS
Los Relatores Especiales y Grupos de Trabajo forman parte de los ‘Procedimientos Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual. Visite: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/SP/Pages/Welcomepage.aspx
Para mayor información sobre las observaciones de los expertos, vea:
Informe sobre España del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición (A/HRC/27/56/Add.1) – 22/07/2014: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/27/56/Add.1
Informe sobre España del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias (A/HRC/27/49/Add.1) – 02/07/2014:
http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/27/49/Add.1
Observaciones finales sobre España del Comité contra la Desaparición Forzada (CED/C/ESP/CO/1) –   12/12/2013:
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CED/C/ESP/CO/1&Lang=Sp
Observaciones finales sobre España del Comité contra la Tortura (CAT/C/ESP/CO/5) – 09/12/2009: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CAT/C/ESP/CO/5&Lang=Sp
Para más información y solicitudes de prensa, favor ponerse en contacto con Victoria Kuhn (+41 22 917 9278 / vkuhn@ohchr.org)
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Vea el Índice Universal de los Derechos Humanos: http://uhri.ohchr.org/es/