divendres, 6 de març del 2015

La Defensora de Pueblo carece de medios para hacer una auditoría sobre los símbolos franquistas


http://www.teinteresa.es/politica/Defensora-Pueblo-auditoria-simbolos-franquistas_0_1315068960.html


Estudiará remitir la "valiosa" reseña sobre estos vestigios a Cultura para que se cumpla la Ley de Memoria Histórica
La Defensora del Pueblo explica que carece de medios para llevar a cabo una labor de investigación sobre el conjunto de símbolos del franquismo que permanecen en los municipios españoles y el posible incumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, la cual obliga a retirar este tipo de objetos conmemorativos.
En una respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Adjunto Primero del Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, explica que esta institución "carece de medios para acometer una indagación sobre un tan amplio conjunto de vestigios, que a su vez debe de ser sólo una muestra del conjunto total afectado por la citada Ley 52/2007".
Así responde al abogado especializado en Derechos Humanos, Eduardo Ranz, que puso en conocimiento del Defensor del Pueblo la exhibición de más de sesenta vestigios en 38 municipios españoles, además de trasladar los hechos a ayuntamientos, juzgados o al Ministerio de Asuntos Exteriores para advertir de que las embajadas de Bolivia, Panamá o el Consultado de Marruecos muestran esta simbología.
CUMPLIMIENTO "SISTEMÁTICO Y NO SOLO OCASIONAL" DE LA LEY
Este órgano, que dirige Soledad Becerril, califica de "valiosa" la "pormenorizada reseña" de los múltiples vestigios de la Guerra Civil y la dictadura que descansan en inmuebles públicos del territorio nacional, aunque precisa que "solo podría actuar una vez transcurrido un tiempo prudencial" desde que esos organismos administrativos y entes públicos responsables respondan sobre estos hechos.
El Defensor del Pueblo añade que estudiará la posibilidad de remitir esta información de oficio a la Comisión Técnica de Expertos de la Ley de la Memoria Histórica, adscrita al Ministerio de Cultura a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, o a los organismos públicos titulares de esos edificios, "a los efectos de obtener un cumplimiento sistemático y no sólo ocasional y puntual del artículo 15 de la Ley", que obliga a retirar esos vestigios.
Eso sí, precisa que, aunque ha realizado actuaciones en casos concretos, "su potestad no alcanza a lo que resultaría una auditoría del cumplimiento de la citada Ley". "Tampoco puede esta institución ordenar a los ayuntamientos ni a los alcaldes subsanar ni corregir los defectos que usted apunta, las potestades del Defensor del Pueblo no tienen carácter ejecutivo", recuerda.
El abogado Eduardo Ranz denunció el pasado 11 de febrero, coincidiendo con el aniversario de la proclamación de la Primera República, a 38 alcaldes por un supuesto delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal, que lleva aparejado una multa de tres a doce meses y una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. De forma subsidiaria, calificaba los hechos como una falta contra el orden público del precepto 634, que prevé el pago de una multa.
El letrado recordaba que el artículo 15 de Ley de Memoria Histórica obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otros objetos o menciones conmemorativas de la "exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".